La protección de los bienes culturales en el ámbito español y europeo

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Publication Date April 2013
ISSN 1989‐1369
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La mayor parte de las normas jurídicas que regulan la protección y defensa de los derechos culturales no se detienen en la definición de la cultura. Los textos internacionales como el Convenio internacional sobre derechos civiles y políticos de 1966, se limita a elevarlo a la categoría de derechos humanos sin entrar en mayores detalles.

Las Constituciones nacionales tan sólo reconocen el deber de los poderes públicos de garantizar, conservar y promover el patrimonio cultural sin entrar en cuestiones dogmáticas. Solamente cuando nos acercamos a las normas sectoriales que abordan distintos perfiles culturales como es el caso de los bienes histórico‐artísticos podemos empezar a encontrar alguna definición más concreta aunque sesgada de su contenido. Así pues, una de las primeras cuestiones a abordar en el presente trabajo es definir el concepto de cultura en sus distintas vertientes y de la forma más sencilla posible.

Source Link http://revistas.usc.es/export/sites/default/boletincede/Editorialabril2013_bienesculturales_TCarballeira.pdf
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